Estado en la sociedad actual es el de asegurar la obtención de los beneficios de las empresas, permitiendo la acumulación de capital por parte de unas pocas personas (en comparación a la gran masa trabajadora) y el conservarlo privadamente con tranquilidad. Como estos beneficios deben ser constantemente ampliados por la repetición del circuito de producción descrito en capítulos anteriores, el Estado debe asegurar las condiciones para que exista un crecimiento económico suficiente para lograr este objetivo.
La vinculación entre el derecho y la economía se funda en las sendas naturalezas de uno y de otra y, por lo tanto, es intrínseca y necesaria. No se alcanza una noción exacta de los objetos jurídicos, en su mayoría, si no se toma en cuenta la economía, y recíprocamente. El derecho en cuanto prescinde de la economía es, en su mayor parte, una abstracción vacía; la economía en cuanto prescinde del derecho, es una anarquía irracional y auto-destructiva las relaciones de los hombres entre sí, es estudiada por el Derecho y por la Economía , cada cual en el aspecto de su incumbencia. Luego, pues, el Derecho y la Economía tienen un mismo objeto material; pero son diversos los respectivos aspectos formales. Y estos últimos están de tal suerte conectados entre sí que ninguno de ellos puede examinarse sin tener en cuenta el otro.
La correlación entre el Derecho y la Economía se corrobora por la concomitancia con que se producen en la historia los avances y los retrocesos de ambos, así en la teoría como en la práctica. Para referirnos sólo a aquélla, recordemos que la primera consideración teórica de la economía, por Aristóteles, se produjo, en buena parte, en las mismas obras: "Política''. "Ética a Nicómaco" en que se analizaron las realizaciones de la justicia
( Manuél Río :La escencia del Derecho, la Justicia y la Ley, Capítulo 4)
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